MEM en alerta por impacto del Fenómeno del Niño en la generación de energía hidroeléctrica

Foto: AGN

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) declaró Situación de Emergencia en el Sistema Nacional Interconectado debido al fenómeno del Niño, ya que hay un impacto en el caudal de agua para la generación de energía hidroeléctrica, por lo que ordenó una serie de medidas para evitar apagones.

La medida fue publicada en el Diario oficial por medio de un Acuerdo Ministerial aprobado el pasado 14 de marzo, en el que se estableció que la medida tiene como objetivo facultar al Administrador del Mercado Mayorista para tomar las medidas excepcionales que permitan garantizar la seguridad y abastecimiento de energía eléctrica.

Entró en vigencia este lunes hasta el 31 de mayo, tiempo en el cual se deben decretar medidas operativas y administrativas para el efecto.

Entre las medidas a implementar, se establece que, ante la condición de insuficiencia de potencia y energía, el Administrador del Mercado Mayorista debe adoptar las acciones necesarias y extraordinarias para garantizar la continuidad de la operación del Sistema Nacional Interconectado.

Además, deberá supervisar y garantizar la disponibilidad y volúmenes de los inventarios de combustibles para la generación de energía. También se debe cumplir con los trámites para adicionar generación de energía al Sistema Nacional Interconectado, si se cumple con lo que estipula la ley.

Asimismo, debe coordinar el despacho de las centrales hidroeléctricas para garantizar la generación de electricidad e adindicar las acciones que se desarrollan para prever riesgos de desabastecimiento. Y cada semana debe especificar el inventario estimado de combustible que requiere cada generador.

Al finalizar la emergencia deberá presentar un informe a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) sobre las acciones operativas que se adoptaron para reducir los efectos sobre el Sistema Nacional Interconectado.

Por su parte, la CNEE deberá informar al MEM sobre las verificaciones y fiscalizaciones a las acciones del Administrador, y sobre los hallazgos y acciones correctivas que haya sido necesario tomar.

El Administrador y la CNEE deberán hacer un análisis conjunto sobre las normas técnicas y de coordinación para fortalecer las capacidades de respuesta del Sistema Nacional Interconectado ante futuras contingencias y condiciones y condiciones climáticas o de otra naturaleza, el cual deberá entregarse a más tardas seis meses después de que finalice la vigencia del acuerdo.