LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL PROBLEMA DE LA CENSURA

Andy Javalois Cruz

Un domingo de 1989, en la casa de mi tía, revisando el suplemento de un periódico matutino, me topé con que el reportaje central giraba alrededor de un libro. En un país, con tantos retos en el ámbito de la lectura, pues no resultó un asunto que dejara pasar por alto. Recuerdo con claridad la portada del suplemento dominical. Era la imagen agrandada de dos personajes que luchaban entre sí y que formaban parte de la portada del libro que motivaba el reportaje.

La obra no era otra que la ahora más que célebre novela “Los versos satánicos” del reputado, escritor y ensayista británico-estadounidense de origen indio, Salman Rushdie. El autor recibió amenazas de muerte, incluida una fatwā que pedía su asesinato, emitida por el ayatolá Ruhollah Jomeiní, entonces líder supremo de Irán, el 14 de febrero de 1989. El gobierno británico puso a Rushdie bajo protección policial.

El 12 de agosto del año en curso, Rushdie fue atacado cuando se preparaba a dar una conferencia en el condado de Chautauqua, una localidad al oeste del Estado de Nueva York. La policía del Estado de Nueva York confirmó que el escritor fue apuñalado en el cuello posteriormente trasladado a un hospital en helicóptero. El ataque se efectuó poco antes de que comenzara la conferencia, en el momento en que estaba siendo presentado; el atacante, que iba vestido de negro y con una prenda también negra en la cabeza, fue detenido de forma inmediata y puesto bajo custodia policial.

Algunos años antes, ya había atestiguado en Guatemala, las reacciones radicales de algunos integrantes de la iglesia católica. El primer caso fue el de un sacerdote franciscano, a quien por cierto recuerdo con estimación, pues sus homilías eran una cátedra teológica y filosófica, pero que luego de sus reflexiones acostumbradas sobre los evangelios, arengó en contra de una miniserie televisiva que iniciaría a transmitir un canal de la televisión abierta nacional. La miniserie se llamaba “La palabra” y estaba basada en la novela homónima de Irving Wallace. Se narraba el supuesto descubrimiento de un papiro del siglo I d.C, que contiene el evangelio escrito por Santiago, hermano menor de Jesús, y ofrece al mundo moderno a un nuevo Jesucristo, desvela los secretos de sus años desconocidos y contradice los relatos existentes sobre su vida. Así las cosas, la polémica estaba servida y el bonachón del padre Francisco, desaconsejaba enfáticamente ver la miniserie.

Después, creo recordar que fue 1986, el rector del Colegio San José de los Infantes nos pidió firmar una carta donde se exigía que se dejará de producir una película sobre la vida de Jesús que calificaban de pornográfica. Claro, puesto en aquellos términos, tengo la impresión de que todos los que estudiábamos en dicho colegio firmamos la dichosa carta. No fue hasta años después, que até cabos y me vine a dar cuenta que no existía semejante esperpento cinematográfico. En realidad, la iglesia católica pretendía boicotear una película de Martin Scorsese (1942) titulada “La última tentación de Cristo” basada en la novela homónima de Nikos Kazantzakis.

La película fue prohibida o censurada durante años en Turquía, México, Chile y Argentina. En Chile se prohibió su exhibición hasta 2003, en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó que se exhibiera. En el caso Olmedo Bustos y otros vs. Chile, denominado también caso “La última tentación de Cristo” ​ se emitió sentencia dictada el 5 de febrero de 2001, la cual debía resolver acerca de si hubo violación por parte del Estado de Chile respecto a los artículos 12 y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, correspondientes a la libertad de conciencia y de religión y libertad de pensamiento y de expresión, por la censura del filme cinematográfico “La última tentación de Cristo”.

El derecho de libertad de expresión está consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, asimismo en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.

Sin embargo, llama la atención que en algunos Estados que se vanaglorian por defender la libertad de expresión de la manera más amplia posible, restrinjan la expresión de cuestiones tales como la negación del holocausto.  Al respecto cabe citar Austria, Bélgica, República Checa, Francia, Alemania, Hungría, Israel, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal, Eslovaquia y Suiza.

También es menester reflexionar sobre los alcances y límites de la libertad de expresión. En este sentido, puede resultar ilustrativo el caso del semanario satírico francés de izquierda, Charlie Hebdo. Sus publicaciones han provocado la ira de grupos musulmanes, judíos y cristianos. De ahí que no resulta extraño que haya sido objeto de diversos atentados, el más grave de los cuales se produjo el 7 de enero de 2015, en su sede parisina, en que dos encapuchados asesinaron a doce personas además de herir de gravedad a otras cuatro. Entre los fallecidos se encuentran los dibujantes Charb, Cabu, Wolinski y Tignous; además de dos agentes de policía.

Norman Finkelstein (Caglayan, 2015)ha llegado a afirmar respecto de este caso que, las caricaturas de Charlie Hebdo del profeta Mahoma «no eran una sátira», y lo que provocaron no fueron «ideas». Según este analista, la sátira se produce cuando uno la dirige a uno mismo, hace que su entorno piense dos veces sobre lo que está haciendo y diciendo, o la dirige a las personas que tienen poder y privilegios, dijo. “Pero cuando alguien está deprimido, desesperado, indigente, cuando te burlas de él, cuando te burlas de una persona sin hogar, eso no es una sátira”, dijo Finkelstein. «Es decir, eso es sadismo. Hay una diferencia muy grande entre sátira y sadismo. Charlie Hebdo es sadismo. No es sátira» afirmó.

En los Estados Unidos de América, la opinión histórica más destacada sobre esta libertad es el caso Brandenburg v. Ohio (1969), que anuló expresamente Whitney v. California. En Brandeburg, la Corte Suprema de los Estados Unidos se refirió al derecho incluso a hablar abiertamente de acción violenta y revolución en términos generales. La opinión en Brandeburg descartó la prueba anterior de «peligro claro y presente» y convirtió el derecho a la libertad de protección del discurso (político) en los Estados Unidos en casi absoluto.

La tolerancia referida en el caso anterior, que puede incluso proteger algunas expresiones que pueden calificar como discurso de odio, no se considera desde otras vertientes distintas de la jurídica, como ocurre con el caso de la religión. También cuando se abordan temas vinculados con la sexualidad, se suelen producir reacciones que lindan en lo fundamentalista. Sirven, a manera de ejemplo, las siguientes obras literarias: Los 120 días de Sodoma, El amante de lady Chatterley, Trópico de Cáncer, Lolita y El almuerzo desnudo.

En el caso de Los 120 días de Sodoma, se trata de una novela escrita por el marqués de Sade durante su encarcelamiento en la prisión de la Bastilla. Tuvo una versión cinematográfica a cargo de Pier Paolo Pasolini (Salò o le 120 giornate di Sodoma) que al igual que su fuente de inspiración, recibió fuertes críticas y censura debido a lo crudo de sus escenas de inusitada violencia sexual. En el caso de El amante de lady Chatterley es una novela de 1928 del escritor británico David Herbert Lawrence, que causó escándalo y fue prohibida en su época, debido a las descripciones explícitas de relaciones sexuales.

Por su lado, Trópico de Cáncer, es una novela del escritor estadounidense Henry Miller. Publicada en 1934, es su primera y más conocida obra; célebre por sus descripciones sexuales, de gran franqueza y en varias ocasiones de carácter detallado. En 1964, la Corte Suprema de los Estados Unidos, en el caso Grove Eress, Inc. v. Gerstein, citado Jacobellis v. Ohio (que se celebró el mismo día), anuló los resultados de un tribunal estatal que declaraba obscena la novela.

La novela más conocida del escritor de origen ruso, Vladimir Nabokov, es sin duda Lolita. Fue publicada por primera vez en 1955, y trata sobre la relación de un adulto de 40 años y su hijastra de 12 años. El propio Nabokov participó en la adaptación de la novela para la película homónima (1962) de Stanley Kubrick. La novela fue catalogada como pornográfica y la adaptación al cine de Kubrick fue censurada y algunas escenas eliminadas.  

En cuanto a la novela El almuerzo desnudo de William Burroughs, fue calificada como extremadamente controvertida y “obscena”, siendo prohibida por los juzgados de Boston, debido sobre todo a las escenas de pedofilia y asesinato que el libro planteaba. La sentencia fue anulada en 1966 por la Suprema Corte de Justicia de Massachusetts. El director canadiense David Cronenberg escribió y dirigió una película homónima, basándose no sólo en la novela, sino también en otros escritos del autor y ciertos episodios de la vida de este.

Otras obras han suscitado enconadas reacciones de reproche moralista. Tal el caso de “El origen de las especies” de Charles Darwin, por la que se hicieron todo tipo de burlas en contra de Darwin. La iglesia católica se opuso absolutamente a las conclusiones del científico. En 1925 incluso se llevó a cabo un juicio en contra de John Scopes, maestro de Tennesse, que fue condenado por enseñar la teoría de la evolución.

El poema “Aullido” (Howl) del poeta beatnik Allen Ginsberg provocó un juicio por obscenidad en 1957. El poema está dedicado a Carl Solomon.  La obra se estimó indecente por la crudeza de su lenguaje, a menudo muy explícito. Poco después de su publicación en 1956 por el poeta Lawrence Ferlinghetti de City Lights Books, fue prohibida. Dicha prohibición fue un caso célebre entre los defensores de la primera enmienda de la Constitución estadounidense. El 3 de octubre de 1957, el juez Clayton W. Horn dictaminó que el poema no era obsceno, declarando que la obra poseía importancia social redentora.

La naranja mecánica del autor Anthony Burgess, publicada en Londres en 1962, describe los actos de ultra violencia emprendidos por un grupo de jóvenes (drugos) cuyo líder responde al nombre de Alex. Esta novela es considerada parte de la tradición de las novelas distópicas británicas, como lo son 1984, de George Orwell, y Un mundo feliz, de Aldous Huxley. La versión cinematográfica de Kubrick (1971) generó serias polémicas, incluso con el mismo Burgess que llegó a renegar de su obra.

Otro caso impactante de afectación a la libertad de expresión lo constituyen las circunstancias del periodista, escritor y ensayista italiano Roberto Saviano. El autor adquirió notoriedad en 2006 con la publicación de su novela Gomorra, en el que describe los negocios de la Camorra napolitana. La gran repercusión del libro – con más de dos millones de copias vendidas y traducido a 52 idiomas – provocó una reapertura del debate sobre el crimen organizado en Italia y le valió a Saviano amenazas de muerte de camorristas. El Ministerio del Interior italiano le proporciona una escolta permanente al escritor.

El éxito de su libro creó numerosos problemas para Saviano, comenzando con cartas con amenazas, llamadas telefónicas silenciosas y aislamiento.

Saviano ha expresado que:

“Es mi lector el que molesta a las organizaciones criminales, no soy yo. Mi lector es lo que no quiere. Que, en este momento, estemos hablando de eso, que todos los diarios hablen de eso, que se sigan publicando libros, que se sigan saliendo documentales es lo que no quieren; no quieren atención sobre sí mismos, sobre sus nombres y, sobre todo, sobre sus negocios.”

El 14 de octubre de 2008, aparecieron informes de una potencial concertación para asesinar a Saviano. Un inspector de policía del Departamento de Investigación Antimafia de Milán (DIA) informó que Carmine Schiavone (primo del capo Francesco Schiavone, alias Sandokan), había avisado de un plan, ya en marcha, para matar al escritor y su guardaespaldas antes de Navidad a través de un espectacular ataque en la carretera entre Roma y Nápoles. Schiavone confirmó que Saviano había sido condenado a muerte por el clan Casalese. Saviano decidió abandonar Italia por un tiempo, como resultado de las amenazas, que fueron confirmadas por informes y declaraciones de informantes, revelando un plan del clan Casalesi para eliminarlo.

A lo largo de los años, algunas personas en Italia han cuestionado la pertinencia de la escolta policial que acompaña al periodista. Entre otras cosas arguyen que Saviano se ha atrevido, por ejemplo, a acudir al Festival de Cine de Cannes. Y dicen sus detractores que las personas que realmente son objetivos de la delincuencia organizada tienen guardaespaldas, por supuesto, pero también tienen prohibido volar en aviones comerciales y frecuentar lugares públicos, porque podrían ponerse a sí mismos y a otros en peligro. De igual manera se ha intentado justificar la seguridad policial como necesaria, para salvaguardar la vida del autor.

De la situación de Roberto Saviano se puede inferir que también cabe hablar de menoscabo de la libertad de expresión, cuando es promovida por grupos de delincuencia organizada. Éstos ocupan el lugar que podría atribuirse al poder estatal o a los grupos religiosos fundamentalistas. Los casos de Saviano y de Rushdie dejan de manifiesto los riesgos que se asumen por ejercer plenamente la libertad de expresión, cuando ésta resulta incómoda para los distintos estamentos sociales que ejercen algún tipo de poder.

También puede ocurrir que, desde los poderes estatales, se pretenda restringir esta libertad, a través del uso de la normatividad. Se busca de esta forma, dotar de un cariz de legalidad a aquello que por naturaleza es ilegítimo. Uno de los ejemplos clásicos son las regulaciones impuestas en regímenes autoritarios de corte totalitario. De éstos, sin lugar a duda, los más representativos son los regímenes dictatoriales comunistas. En éstos los gobiernos desarrollaron sistemas de censura muy rígidos. Por ejemplo, los mecanismos empleados bajo el régimen soviético en la otrora Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, en la República Democrática Alemana o en la isla de Cuba.

Otros gobiernos, que, sin declararse comunistas, han implementado sistemas de censura lo son la República Bolivariana de Venezuela y Nicaragua. En estos Estados, la libertad de expresión ha sido objeto de un sistemático ataque, que busca evitar, ante todo, que se produzcan críticas respecto de la forma de gobierno que han desarrollado cada uno de los respectivos regímenes que ejercen un poder desmedido en aquellos países.

Así las cosas, no es para nada una práctica novedosa, ni exclusiva de regímenes de izquierda. Tal como lo indica De Vreesse, (Regímenes totalitarios 2017) el programa totalitario se desarrolló en distintos grados y algunos historiadores consideran que solamente se cumplió en Alemania (nazismo), mientras que en Italia (fascismo), Japón (militarismo) y España (falangismo) se compartieron algunas de sus particularidades. Para lograr la aceptación del Estado y fortalecer el régimen se hace uso extensivo de la propaganda y se elimina la posibilidad de ideas contrarias mediante la censura, la represión policial y la eliminación de los opositores del régimen.

A manera de corolario, es imperativo mencionar que, en Guatemala, la mayoría de los diputados del Congreso de la República, han brindado apoyo irrestricto a disposiciones que de una u otra forma entrañan vulneración a la libertad de expresión. Dos ejemplos concretos lo son el decreto legislativo 4-2020, que reforma la Ley de Organizaciones No Gubernamentales y el otro es el decreto legislativo 39-2022 “Ley contra la Ciberdelincuencia”. En ambos casos, el bien común es dejado de lado para dar paso a una redacción permisiva para el abuso e incluso la censura por parte de las autoridades.

En este contexto, es parte de nuestra obligación ciudadana, estar atentos ante este tipo de iniciativas legislativas en las que subyace la intención de controlar las libertades de la población, tratando de implementar modelos propios de regímenes totalitarios, en los que la formulación de juicios de reproche por parte de las personas no es recibido con buenos ojos por las “autoridades”. Debemos cuidar de que no nos digan que leer, que no impidan que las personas puedan investigar, que no coarten la posibilidad de que los autores explayen nuestros horizontes con sus obras y que los periodistas tengan ocasión de informar sin cortapisas, pues la libertad de expresión es uno de los pilares fundamentales para la auténtica democracia.