CC ordena al MEM delimitar a 6.2km2 licencia de explotación de CGN

Foto: AGN

La Corte de Constitucional (CC), informó que dictó sentencia en la apelación en contra del Ministerio de Energía y Minas (MEM) por otorgar la licencia de explotación minera a la Compañía Guatemalteca de Niquel, (CGN) en el caso de la Mina Fénix, señalando que se realizó un estudio de impacto ambiental parcial, sin una consulta previa, por lo que ordeno al MEM, delimitar la licencia de explotación a 6.2 km2.

El MEM otorgó la licencia de explotación minera a la entidad CGN, sin que ésta cumpliera con la elaboración de un estudio de impacto ambiental de área total que pretendía explotar y con ello no atendió la cosmovisión de los pueblos indígenas que se encuentran en el lugar a desarrollar el proyecto minero.

Por lo antes mencionado, el Tribunal ordenó delimitar la licencia y que sea válida únicamente para los 6.29 Km2, de los 247.9978 Km2 que habían sido autorizados, porque solo sobre esa superficie hicieron estudio de Impacto Ambiental.

Para trabajar en esos 6.29 Km2, CGN tiene que mantener en suspenso las operaciones hasta que se concluya el proceso de consulta y realizarla en un plazo de 18 meses.

Asimismo, la CC confirma el otorgamiento de amparo, ya que considera que se violaron los derechos de los pueblos indígenas, al no dejarles participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo económico, social y cultural.

Otra inconsistencia que se evaluó para que la CC tomara esa decisión fue que cuando solicitaron la nueva licencia en el año 2005, no sé tomó en cuenta el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, el cual ya era de observancia obligatoria en Guatemala desde 1997.

Con información de Marí Cruz Chajón