CC ordena al CSU a elegir a nuevo Magistrado Titular al haber anulado la designación de Porras

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La Corte de Constitucionalidad (CC) amparándose en el artículo 156 de la Ley de Amparo y Exhibición Personal y de Constitucionalidad y el artículo 1 del Acuerdo 3-2021 de dicha Corte, otorgó el amparo solicitado por la Fundación Contra el Terrorismo y parcialmente el amparo solicitado por Juan José Sandoval Saucedo, con el cual deja sin efecto el nombramiento de Gloria Porras Escobar como Magistrada Titular de la CC por parte del Consejo Superior Universitario (CSU) de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).

La CC ordenó, “dejar sin efecto el procedimiento que realizó el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala para la designación de la abogada Gloria Patricia Porras Escobar como Magistrada titular ante la Corte de Constitucionalidad para el periodo que corresponde a los años 2021-2026, desde el Acuerdo de fecha veintisiete de enero de dos mil veintiuno, inclusive, que contiene la convocatoria del proceso”, se lee en la resolución emitida por la Corte.

Para ello, el CSU debe dentro del plazo de veinte días contados a partir del día siguiente de la notificación de este fallo, “en reposición del acto anulado, inicie el procedimiento para la realización de una nueva convocatoria y con posterioridad, luego de agotadas las fases y cumplidos todos los requerimientos previstos en la citada Ley constitucional, efectúe el acto de elección que procede, para designar a la o el Magistrado Titular de esta Corte, para el período mencionado, y prosiga con las etapas siguientes”, señaló.

Un aspecto que llama la atención es que la Corte le ordena al CSU a seleccionar preferentemente a una o un docente universitario, y a que la votación para su elección sea de forma secreta, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 152 y 155 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

“La anterior ordenanza se emite, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, podrán deducirse las responsabilidades penales y civiles correspondientes a quienes resulten responsables”, advirtió la Corte en su resolución.

Además, denegó el amparo solicitado por Juan José Sandoval Saucedo, en cuanto a lo relacionado al proceso de designación del abogado Rony Eulalio López Contreras como Magistrado Suplente ante la Corte de Constitucionalidad, para el mismo período al que fue designada Porras Escobar.

La Corte previene al Congreso de la República a abstenerse de efectuar la juramentación de Gloria Porras debido a que el procedimiento de designación quedó sin efecto.

Se inhibieron de conocer el amparo los Magistrados José Francisco De Mata Vela y Rony Eulalio López Contreras. El amparo fue conocido por los Magistrados Titulares, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa, Leyla Lemus, Luis Alfonso Rosales Marroquín y se incorporó la Magistrada Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, por la inhibitoria de los dos Magistrados mencionados anteriormente.

La Universidad de San Carlos por medio del CSU designó a Gloria Porras y Rony López como Magistrados titular y suplente en representación de dicha casa de estudios, sin embargo, el procedimiento fue cuestionado por la Fundación contra el Terrorismo (FCT) y otras organizaciones, las cuales manifestaron que se violó una de las principales normas de la Usac al realizar la votación a viva voz la cual debió ser secreta y que por consecuencia la elección de Porras no tendría validez.

Porras no fue juramentada como Magistrada titular de la CC el 13 de abril de 2021 por un amparo provisional, luego de resolver en firme dicho amparo, y otros aspectos legales, el CSU ha dicho que no existe impedimento para ser juramentada por parte del Congreso de la República y que los Magistrados de la CC le den posesión del cargo.