Gobierno modifica horarios laborales y expendio de bebidas alcohólicas durante fin de semana

Foto: Presidencia

Las disposiciones presidenciales por calamidad pública fueron reformadas para el fin de semana

Hoy fueron publicadas en el Diario Oficial disposiciones presidenciales que reforman las ya establecidas en caso de Calamidad Pública y órdenes para el estricto cumplimiento en el país, las cuales entran en vigencia mañana sábado 8 de agosto y finalizan el lunes próximo, 10 de agosto.

El Presidente de la República, con el apoyo de la titular de Salud, Amelia Flores, acordaron reformar el horario de actividades del sector público y privado y las actividades con horario diferenciado.

«El organismo Ejecutivo y sus dependencias, así como los entes de la administración pública deberán efectuar sus funciones de atención al público y actividades de las 7:00 a las 15:00 horas. Las personas individuales y jurídicas del sector privado que realicen actividades administrarias y de oficina deben de realizar las mismas de 9:00 a 15:00 horas», indica el documento oficial.

Por su lado, los restaurantes deberán prestar el servicio de alimentos rigiéndose al Sistema y Tablero de Alerta Sanitaria y los que cuentan con servicio a domicilio podrán realizarlo a cualquier hora del día siempre y cuando que circulen con la identificación correspondiente.

Asimismo, quedó prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas y fermentadas entre las 19:00 y 5:00 horas del día siguiente y el consumo de estas bebidas quedó totalmente prohibido en lugares y espacios públicos.

Las disposiciones presidenciales antes mencionadas serán aplicables en todo el territorio del país, los lugares y transportes en su jurisdicción.

Con información de Mari Cruz Chajón.