Una elección con más de nueve meses de retraso. Una acción del Ministerio Público (recurso de amparo interpuesto en abril pasado) que prosperó. Una resolución inicial de la Corte de Constitucionalidad, que detuvo la etapa final del proceso de elección de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Cortes de Apelaciones. La resolución definitiva de la CC se aprobó hace menos de un mes (6 de mayo), la cual ordenó al Congreso a elegir a los Magistrados bajo ciertos lineamientos. Esta es la síntesis de los antecedentes.
Ahora veamos más a fondo. La CC estableció el procedimiento de elección por parte del Congreso de la República. Es categórica la instrucción: la elección debe fundamentarse en los principios constitucionales (Artículo 113 de la Carta Magna). Las personas nombradas deberán ser las más capaces, honradas e idóneas para el cargo. Se deben excluir a profesionales cuya idoneidad y honorabilidad estén comprometidos. En tal sentido, el Congreso deberá analizar los documentos disponibles para determinar si cada integrante de la nómina cumple o no con los requisitos de capacidad, idoneidad y honradez.
Pero la cosa no queda allí. La Corte determinó en su resolución, los plazos que deberá acatar el Congreso. En el primer paso (10 días), el MP deberá entregar al Congreso el informe sobre las investigaciones y/o procesos penales en contra de los postulantes. La síntesis del mismo fue hecho público el pasado 28 de mayo. Posteriormente, (segundo paso, 24 horas), la JD del Congreso deberá poner a disposición de los Diputados la información proporcionada por el MP (el viernes 29 fue entregado el informe). Ahora vienen los pasos decisivos. En el tercer paso (20 días), el Congreso deberá analizar la información y elaborar los nuevos listados, ya que se deberán excluir los tachados, lo cual dará espacio para la incorporación de sustitutos. Esta fase será sujeto de fuertes negociaciones, para intentar cumplir (aunque sea de manera formal con la resolución de la CC). Al final de cuentas, la tendencia a componendas, tráfico de influencia y nombramiento de cercanos a los operadores tradicionales se mantendrá vigente, aunque con menor margen de maniobra. Finalmente, el último paso (en un plazo de 5 días), la JD deberá convocar a sesión plenaria para votación decisiva, de viva voz.
Hasta este punto, tal parece que el reacomodo está en la cancha del Congreso y que se trata de reacomodar los listados finales, dejando fuera a los impresentables. Sin embargo, el Ministerio Público, al presentar los implicados en el caso “Comisiones Paralelas”, hizo público los nombres de las personas que tuvieron contacto directo con Gustavo Alejos, supuestamente, para negociar la elección de las Cortes. Entre ellos, se mencionaron integrantes de las Postuladoras, candidatos (de los dos listados) y al menos, once Diputados de la actual Legislatura (de 5 partidos políticos, dos de ellos integrantes de la actual JD). Todos tendrían conflicto de interés y estarían impedidos de participar en la elección final.
Si bien la resolución de la CC precisa los plazos que el Congreso deberá cumplir, en el camino deberá resolver la participación de los diputados implicados (aunque no existe la figura de suplentes), definir cómo modificar el número de los nominados que deben contener los listados finales, ya que esa tarea es competencia de las Comisiones de Postulación. Además, es evidente que las correlaciones de fuerzas en el Legislativo deberán afrontar un reto no menos importante: reafirmar o modificar los pactos establecidos previamente. Debemos recordar que los plazos establecidos en la resolución, comenzaron a correr; a partir de la entrega del informe del MP al Congreso (viernes 29 mayo).
La resolución de la CC, no prevé ampliación de los plazos, por lo que no se prevé el escenario de retrotraer todo el proceso. Sin embargo, la investigación del MP, indica que la totalidad del proceso está viciado; se mencionó a actores involucrados en todas las fases (desde las comisiones, hasta el Congreso). Esto arroja que estamos ante el escenario de nuevo empantanamiento.