¿Basta saber leer para interpretar una Constitución?

Gabriel Orellana Rojas

Quien compare la Constitución de los Estados Unidos de América, proclamada a finales del siglo XVIII, notará que a diferencia de la nuestra –producto del siglo XX— aquella carece de norma alguna que le reconozca supremacía jerárquica sobre cualquiera otra ley.  La nuestra, en cambio, abunda en mencionar lo que hoy se conoce como el Principio de Supremacía Constitucional. 

De la Constitución Política de la República de Guatemala, a título de ejemplo, cito estas tres disposiciones que lo consagran e instituyen: “Serán nulas ipso jure las leyes y las disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza” (artículo 44). “Ninguna ley podrá contrariar las disposiciones de la Constitución. Las leyes que violen o tergiversen los mandatos constitucionales son nulas ipso jure” (artículo 175) y “…la Constitución de la República prevalece sobre cualquier ley o tratado” (artículo 204).

El Juez John Marshall, considerado como padre del constitucionalismo moderno, jamás habría pasado de ser un juez común y corriente, a pesar de que sabía leer. En efecto, John Marshall extrajo del texto literal de la constitución estadunidense, que nada decía al respecto, lo que hoy conocemos como el Principio de Supremacía Constitucional.

Si nos atuviésemos a los requisitos exigidos por nuestra legislación para optar a la judicatura –y no digamos para una magistratura—, John Marshall difícilmente hubiera llegado a ser amanuense de un juzgado de primera instancia. Le habría sido imposible obtener una judicatura aun con padrinos muy poderosos (Alejos o Felipillo, por ejemplo). 

Pero las preguntas sueltas siguen en pie: ¿Bastaría que John Marshall supiera leer para ocupar una magistratura de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, llegar a presidirla y luego crear la columna vertebral del constitucionalismo moderno al redactar la sentencia del caso Marbury vs. Madison (1 Cranch 137, 1803)? ¿Por qué John Marshall que, como sus otros colegas magistrados, sabía leer, logró dar ese paso gigantesco y los otros no pudieron?

La frase decimonónica “no soy abogado, pero sé leer”, es producto de una filosofía interpretativa (hoy obsoleta) de la ley que arranca en los inicios del siglo XIX, como producto del Código Civil Francés, y que resume la expresión “el juez es la boca de la ley”.  En otras palabras, el juez no piensa, el juez no razona; el juez se limita a aplicar la ley mecánicamente cual si se tratara de un silogismo.  ¡Pobre de aquel juez visionario que viera más allá del mero texto de la ley, de su letra muerta, porque habría de enfrentar la ira del dictador! Y, lo peor es que hoy aún abundan esta clase de especímenes, perdón, digo: “jueces”.

Finalizo citando otro ejemplo de aquellos parámetros interpretativos de esta viejo escuela, quizá el más notorio: “Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal so pretexto de consultar su espíritu”. 

Así las cosas, fácil resulta justificar que las computadoras deben reemplazar a los jueces.  Algo que muchos anhelan hoy en día…

Gabriel Orellana Rojas.