Luego de cuatro años, CC ordena al Congreso elegir Cortes

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La Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó al Congreso de la República proceder de forma inmediata e incluir en la agenda legislativa, la elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de los Magistrados de las Cortes de Apelaciones, proceso que debe concluir a más tardar el 15 de diciembre de 2023, debiendo asumir todas las medidas que sean necesarias.

De acuerdo con la Corte, de no haberse conseguido que la elección se hiciera en sesiones ordinarias que concluyen el 30 de noviembre, la Junta Directiva del Congreso deberá convocar a sesión extraordinaria y declararse en sesión permanente para culminar la elección de Cortes.

Además, ordena a los diputados permanecer en las sesiones convocadas para la elección de Cortes, integrando el quórum respectivo. Y prescindir de la aplicación de disposiciones o procedimientos que se hubieren intentado o puesto en vigencia para realizar la elección, si estos no coadyuvan con el debido cumplimiento de lo ordenado por esta Corte. Por lo que es viable, el empleo del sistema electrónico de votación.

PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR

• Se deberá de mencionar, a viva voz, el nombre del candidato y someterlo a votación.
• Para que se realice la elección y cumplir con el requerimiento de referirse a viva voz, los diputados podrán expresar algún criterio sobre los candidatos en el turno de votación, deberá de abrirse un espacio para la participación de correspondiente y hacer uso de la palabra cuando estime conveniente emitir algún razonamiento. Para estos efectos, se podrá organizar los tiempos de las exposiciones con el fin de evitar más postergaciones.
• Los Diputados deben observar lo ordenado por esta Corte, en cuanto a elegir a los profesionales más capaces e idóneos, debiendo descartar, al votar, a quien no cumpla alguno de los parámetros constitucionalmente establecidos.
• La elección se debe hacer conforme a las nóminas oportunamente remitidas por las Comisiones de Postulación, correspondiente al periodo constitucional restante de 2019-2024.
• En caso de incumplimiento, se certificará lo conducente al Ministerio Público, en contra de quienes resulten responsables, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que pudieran incurrir.