Los exalcaldes Antonio Coro y Víctor Albarizaes deberán enfrentar juicio por el caso Cambray II

Fotos: Hugo Morales

La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó en definitiva el amparo provisional que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) había otorgado a los exalcaldes de Santa Catarina Pinula, Antonio Coro y Víctor Albarizaes, con el cual impedía que fueran enviados a juicio por el caso Cambray II. 

El pasado 19 de diciembre la CC notificó a los querellantes del caso que de oficio enmienda el procedimiento emitido por el amparo del 12 de mayo del 2022, en virtud que hay improcedencia del mismo.

Por su parte, la abogada de los querellantes, Linda Coulson indicó que los sindicados no impugnaron dentro del plazo legal, por ello, la CC les revoca la protección en definitiva.

“El amparo que les otorgó la CSJ queda sin efecto, y con esto está firme la sentencia emitida por la Sala donde obliga al juez que dictó el sobreseimiento, que aperture a debate contra Coro y Albarizaes”, dijo.

Por su parte, el Juzgado Décimo Penal decidió en enero no enviar a juicio a Albarizaes y Coro, y ordenó el cierre de la investigación, pero ese fallo fue anulado por la Sala Tercera de Apelaciones. 

Sin embargo, con el fallo definitivo de la CC, se debe cumplir lo ordenado por la  Sala y se debe reanudar el proceso penal en contra de Coro y Alvarizaes, a quienes el Ministerio Público (MP) señaló de homicidio culposo e incumplimiento de deberes, en el derrumbe en el que fallecieron aproximadamente 300 personas en la aldea El Cambray 2.

Ahora deberán programar audiencia para dar cumplimiento a lo ordenado y enviar a los exjefes ediles a debate oral y público. 

Según el MP, Coro y Albarizaes tienen responsabilidad en la tragedia ocurrida el 1 de octubre de 2015, porque como autoridades habrían ignorado una advertencia de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred), y no alertaron a las personas de los riesgos de vivir en ese lugar y autorizaron licencias de construcción.