Congreso aprueba ley que sanciona el aborto, limita la educación sexual y desconoce la diversidad

Foto: Congreso

El pleno del Congreso de la República, en su tercer debate aprobó con 101 votos a favor la “Ley para la protección de la Vida y la Familia”, misma que entre otras cosas penaliza el aborto así sea involuntario.

La recién aprobada ley tiene en su contenido 21 artículos y establece que tiene por objetivo la protección del derecho a la vida, la familia, la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer, la libertad de conciencia y de expresión, así como el derecho de los padres en orientar a sus hijos en el ámbito de la sexualidad.

Impone sanciones entre 5 y 25 años de cárcel inconmutables a mujeres que aborten por cualquier motivo, con lo que, realiza cambios al Código Penal.

En su artículo 15, la Ley para la protección de la Vida y la Familia establece que la educación sexual es exclusiva de los padres de familia y prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano.

Y los sus siguientes artículos, prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo y que no será válida cualquier unión de hecho entre una pareja del mismo sexo.

“Ninguna persona podrá ser perseguida penalmente por no aceptar como normal la diversidad sexual o la ideología de género, siempre que no hubiere infringido disposición legal alguna o hubiere atentado contra la vida, la integridad o la dignidad de las personas o grupos que manifiesten conductas y prácticas distintas a la heterosexualidad”, estableció.

También limita a los funcionarios de Estado, para que en cualquier participación oficial en representación de Guatemala sea específicamente en relación con los lineamientos legales vigentes en el país, de no hacerlo podrían incurrir en responsabilidades legales.

“Las posiciones o compromisos expresados o adquiridos en contravención a esta disposición, serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que serán deducidas al infractor”, se lee en la referida ley.

El diputado Samuel Pérez de Semilla, se opuso a la aprobación de esta ley asegurando que señaló está mal llamada como Ley por la vida y la familia, ya que debería de llamarse “Ley para encarcelar y matar mujeres”.

También la diputada Vicenta Jerónimo del bloque Movimiento para la Liberación de los Pueblos, aseguró que esa ley es contradictoria porque en la Constitución Política de la República prevalece el derecho de igualdad, y esta propuesta no favorece a las mujeres.

Esta normativa  ahora deberá ser enviada al Ejecutivo para su sanción y posterior publicación en el Diario Oficial, y aunque se desconoce si será aprobada por el presidente Alejandro Giammattei, todo apunta a que si, ya que este 9 de marzo Guatemala será proclamada Capital Iberoamericana Provida.