CIDH rechaza el uso de fuerza en contra de los pueblos indígenas y periodistas de El Estor

Foto: Prensa Comunitaria

La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) condenó el uso excesivo de la fuerza en contra de manifestantes e integrantes las comunidades mayas Q’eqchi´, así como actos de represión contra periodistas y medios de comunicación registrados en los últimos días en el Municipio de El Estor, Izabal.

Por tal razón, pidió al Estado “investigar los hechos violentos con la debida diligencia, y a respetar y garantizar la libertad de expresión, la protesta social y los derechos de los pueblos indígenas”, asimismo, la CIDH hizo un llamado a los Estados a adoptar medidas positivas para garantizar el derecho de protesta a grupos especialmente vulnerables, como los pueblos indígenas.

“La Comisión recuerda que, si bien el Estado tiene el deber legítimo de garantizar la seguridad y el orden público, el uso de la fuerza debe regirse por los principios de legalidad, estricta necesidad y proporcionalidad; y tiene el deber de respeto y garantía a la labor de periodistas en contextos de manifestaciones, en atención al importante rol que cumplen en la documentación de los hechos y de la actuación de la fuerza pública”, agregó.

También recordó que conforme a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, “las formas de asociación y organización de los pueblos indígenas gozan de una protección específica cuando están relacionadas con derechos especialmente protegidos como por ejemplo su identidad cultural y sus tierras”.

En su informe sobre protesta y derechos humanos, la Comisión reiteró que, conforme a las normas y estándares internacionales, los Estados deben restringir la ejecución de desalojos forzosos y están obligados a adoptar medidas para proteger a las personas y comunidades perjudicadas por tales operativos, pues los casos de desalojos forzosos son «prima facie incompatibles» con los con los principios del derecho internacional, según un comunicado emitido por la CIDH.

Respecto del estado de sitio decretado en El Estor, la Comisión recordó al Estado de Guatemala que, “este tipo de medidas son excepcionales y deben adecuarse a los requisitos del derecho internacional” y que no constituyen una respuesta sostenible y eficaz para enfrentar y resolver los conflictos sociales o políticos.

Mencionó que las actividades de explotación de la mina Fénix, por la empresa Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN), subsidiaria de la firma rusa Solway Investment Group, podrían contaminar gravemente el lago de Izabal, destruir la flora y fauna regionales, y poner en peligro la salud y vida de la población de la zona; por lo cual, han sido rechazadas por la población de la zona y los Consejos Ancestrales y comunidades maya Q´eqchi´.

Asimismo, pidió que se cumpla con el ejercicio efectivo del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas, tal y como lo ordenó la Corte de Constitucionalidad (CC).