CC deja sin efecto reformas a Ley de Reconciliación Nacional

Foto: Guatevisible

La Corte de Constitucionalidad (CC) dictó sentencia en la que otorgó amparo en definitivo y dejó sin efecto la sanción y promulgación de las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional, la cual buscaba amnistía para delitos graves de violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.

La CC otorgó amparo a los ciudadanos Paulina Ixpatá, Pedrina López de Paz, Sergio Vi Escobar, Helen Mack y Oswaldo Samayoa Sosa, con lo que dejó sin efecto la sanción y promulgación de dichas reformas a la Ley de Reconciliación Nacional. 

La CC indicó que para arribar a dicha decisión consideró que la atribución que la Constitución le otorga al Congreso para decretar amnistía por delitos políticos comunes y conexos debe ejercer con observancia y congruencia con la protección de los derechos humanos; la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; el ius congens y, los compromisos internacionales que ha asumido el Estado de Guatemala en tratados y convenciones.   

Por ello, “el Tribunal consideró que es constitucional y convencionalmente inviable disponer amnistía con relación a delitos que constituyan graves violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad” manifestó la Corte en un comunicado.

Dicha iniciativa fue impulsada en el 2019 en el Congreso por el diputado Fernando Linares Beltranena. Ese mismo año la Corte otorgó un amparo provisional que había dejado en suspenso la sanción y promulgación de la iniciativa.

El amparo tuvo el voto disidente del magistrado Roberto Molina Barreto, quien busca ser reelecto como magistrado constitucional para el periodo 2021-2026 de la CC, por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), donde presentó su expediente.

Molina Barreto fue nombrado como magistrado titular por los magistrados de la CSJ, para sustituir la vacante que dejó el magistrado Neftaly Aldana.