La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó el amparo provisional que había otorgado la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a los exalcaldes de Santa Catarina Pinula Antonio Coro y Víctor Alvarizaes, que impedía a los exfuncionarios enfrentar juicio por el caso Cambray II.
“Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, por medio de la agente fiscal de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal Maritza Yesenia Castillo López”, resolvió la alta Corte.
Esto, luego que en enero, el Juzgado Décimo Penal decidió no enviar a juicio a Alvarizaes y Coro, y ordenó el cierre de la investigación. Pero ese fallo fue anulado por la Sala Primera de Apelaciones.
#EpicentroGuate El juzgador determinó que no existen pruebas suficientes para asegurar que los exjefes ediles estuvieron implicados en actos de negligencia para que ocurriera un alud en la aldea El Cambray II, el 1 de octubre de 2015.
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El caso Cambray II se originó tras la tragedia que provocó la muerte de más de 280 personas que residían en el Cambray II, en Santa Catarina Pinula, en octubre de 2015.
Los exalcaldes enfrentaban proceso penal por homicidio culposo por su presunta responsabilidad en la muerte de más de 280 personas en el alud que sepultó al caserío El Cambray II, por no advertir a los pobladores de los riesgos que enfrentaban al vivir en el lugar.
La Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal aseguró que Antonio Coro y Víctor Alvarizaes, tendrían responsabilidad en la tragedia, pues no tomaron en cuenta lo indicado por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred), que el área era inhabitable debido a los riesgos.
#EpicentroGuate “Se hizo un esfuerzo durante la etapa en la que se encontraba aquí el licenciado @JSandoval1982 a cargo de la FECI, tristemente no hubo mayor interés. Y soy muy honesto, no es atacarlo a él, no es atacar a su equipo”, dijo Sinibaldi. https://t.co/cUjZP1sjtS
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