CC obliga al juez Fredy Orellana a conocer inconstitucionalidad en su contra por la suspensión de Semilla

Foto: El Faro

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió con lugar el ocurso en queja que promovió el presidente electo y Secretario General del Movimiento Semilla, Bernardo Arévalo, en contra del juez B, Fredy Orellana. 

«El Tribunal ocursado deberá, al recibir la notificación del presente auto, dictar nueva resolución en la que cumpla con lo previsto en el artículo 124 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en el sentido de dar la audiencia a las partes por el término de nueve días y posteriormente se continúe con la tramitación del asunto según lo indicado en este auto, con la celeridad que el caso amerita y sin más dilaciones», se lee en la resolución de la CC.

Por tal razón, el juez Fredy Orellana está obligado a conocer la inconstitucionalidad que el Movimiento Semilla presentó, con el cual busca que se declaren ilegales las acciones de esa judicatura que suspendieron al partido político.

«Todo ello bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades que impone la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, especialmente la contenida en el artículo 77 literal a) de dicha normativa», indicó la CC al juez. 

El pasado 12 de julio, previo a la segunda vuelta electoral, el juez Fredy Orellana otorgó 24 horas de plazo al Registro de Ciudadanos para que suspendiera la personería jurídica del partido Movimiento Semilla.

Con ello, prohibía a la agrupación política participar en cualquier acto electoral, además, que no podrían ser adjudicados los cargos a candidatos del partido, con el argumento de «garantizar los derechos inherentes que le asisten a cada ciudadano guatemalteco».

Por su parte, el Registrador de Ciudadanos, Ramiro Muñoz se negó a suspender al partido político ya que la única norma constitucional en la que se basa el derecho y la garantía de todas las agrupaciones políticas es la Ley Electoral y de Partidos Políticos, mientras que la investigación del Ministerio Público se basa en la Ley de Crimen Organizado.

Luego del cierre del proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la suspensión de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla.

«A requerimiento del MP y posterior solicitud del juez séptimo (Fredy Orellana) se gira la suspensión de la personalidad jurídica, en este caso la CC amparó al juez y determinó que sí podía suspenderse toda vez que el proceso electoral haya finalizado», dijo el vocero del TSE, Luis Gerardo Ramírez.

Además, indicó que la agrupación política Semilla no podrá realizar ningún trámite administrativo ante el TSE.