La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar tres acciones de inconstitucionalidad general parcial presentadas el año pasado en contra de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
“Al respecto, este Tribunal hace del conocimiento que las mismas fueron declaradas sin lugar, contando con un voto razonado disidente del Magistrado Roberto Molina Barreto”, indicó la CC por medio de un comunicado.
Se trata de las acciones de inconstitucionalidad general parcial planteadas en los expedientes 5063-2022, 5395-2022 y 6350-2022, en contra del Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley Electoral y Partidos Políticos.
Estas acciones fueron presentadas por la Asociación No Lucrativa con Fines Políticos, la Cámara de Radiodifusión de Guatemala y el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) en contra de algunos artículos de la Ley Electoral argumentando que violaban la Constitución.
Sin embargo, al declarar sin lugar estas inconstitucionalidades, la Ley Electoral y de Partidos Políticos no sufrirá ningún cambio.