RECONOCIDA HONORABILIDAD

Oscar Augusto Rivas Sánchez

En pocos días se iniciará el proceso electoral que nos llevará a las Elecciones. Dentro de la “supuesta democracia” que vivimos, habrán de elegirse a las altas autoridades del país. Siendo que en los últimos procesos, hemos tenido la triste experiencia de que sean electos personajes absolutamente impresentables, algunos con antecedentes nefastos, delincuentes confesos o simplemente criminales, vale la pena mantener la esperanza de que las cosas cambien, al menos en lo referente al pasado y conducta de quienes resulten electos.

Hay que separar aquellos nombres que tienen un negro o al menos grisáceo pasado, de los que tienen sus nombres limpios, así sea solo en apariencia.

Para el efecto, es adecuado el concepto de “Reconocida Honorabilidad”, lo que nos hace tratar de definir que es tal cosa, que por responder a criterios y valores personales y ser muy maleable, se presta a distintas interpretaciones. Tomaremos al diccionario como medio para tratar de aclarar el tema.

Reconocer es admitir que alguien tiene determinada cualidad o condición; es la opinión o consideración que se tiene de alguien, esto, muy vinculado a la reputación que no es más que el prestigio o estima que se tiene de alguna persona. Juan paga sus deudas; María no miente.

La honorabilidad es cualidad de las personas. Así, la reconocida honorabilidad es la apreciación que la sociedad tiene de alguien, que por su conducta y decoro resulta digno de confianza, respeto y acatamiento. Quien no cumpla con una conducta personal y social fundada en los valores que la sociedad reconoce como inexcusables, carece de ella.

Por eso, siendo legal acogerse a la “presunción de inocencia”, pues, nadie es delincuente antes que una sentencia firme así lo declare; también hay que respetar el principio lógico de contradicción: “no se puede ser y no ser al mismo tiempo”; y entonces, si los tribunales guatemaltecos y demás autoridades “nada saben”, pero en otro país el sujeto confesó ser delincuente, fue condenado y cumplió una pena; no se debe atender a la presunción de inocencia, sino a los hechos concretos y conocidos por todos, que solo pueden destruir las reconocida honorabilidad. Si le encontraron un alijo, o una potencia extranjera lo señala de actos anómalos, primero que aclare que fue lo que pasó, que sucedió, para luego recobrar la confianza de la sociedad. 

Lo anterior origina una responsabilidad a dos voces; las autoridades electorales y los votantes, que deben averiguar e investigar las conductas de los candidatos, para saber que se puede esperar de ellos. Si nos dicen que también es responsabilidad de los partidos políticos, diremos que eso es teoría, no se puede soñar que el partido se preocupe del pasado de su “propietario” o de sus “financistas”.

Concluyendo, los pillos que resulten electos, serán por culpa de las autoridades electorales y de la falta de cuidado de los electores, que DEBEN AVERIGUAR QUIEN ES Y QUE HA HECHO EL QUE LES PIDE EL VOTO. Después, solo nos quedará lamentarnos y mantener la esperanza de que algún día la justicia los alcance.