LA ANOMIA REGULADA EN GUATEMALA

Luis Fernando Mack

“El concepto de Anomia pertenece a la tradición sociológica y significa ausencia permanente de normas” Víctor Reyes Morris.

Conocí el concepto de anomia cuando apenas empezaba mis estudios de sociología: describe una situación en la que prevalece una brecha entre lo que hacen las personas en la vida cotidiana, y lo que dictan las normas acerca de esos comportamientos, por lo que en la práctica, ocurre lo opuesto a lo que en el derecho se llama derecho positivo: hay una distancia entre la práctica de los individuos y el contenido de las reglas sancionadas.

La anomia originalmente describía la situación que se desarrolló al inicio de la era moderna, cuando las regulaciones del antiguo régimen ya no eran válidas, mientras que las nuevas aún no tenían el suficiente arraigo o legitimidad ciudadana, por lo que el desconocimiento, la falta de costumbre o la rebeldía era lo que explicaba la distancia entre la norma y el comportamiento de los individuos; desde esa perspectiva, por lo tanto, la anomia era un desajuste temporal, que podría ser subsanado cuando el arraigo o la legitimidad de las normas se consolidaba.  Desde esa vertiente clásica, la reducción de la anomia era responsabilidad de instituciones como la familia, la iglesia y las instituciones que después constituyeron el Estado Moderno: las leyes, la policía y el sistema judicial.

A principios de la década de los dos mil, conocí el concepto de Estado Anómico: una situación en la que trascendía del ámbito social hacia el político, por lo que el desajuste entre la norma y las prácticas cotidianas provenía de la forma incoherente, amañada y caótica de las instituciones públicas, por lo que estrictamente no se hablaba de ausencia de normas, sino de normas que eran inoperantes o ineficientes; dicha inoperancia se daba por varias razones: por una generalizada tendencia a desconocerla, o porque se aplicaba de forma contraria a lo que los juristas llamarían el “espíritu” de la norma; es decir, existía una aplicación casuística y amañada de la misma. 

Esta segunda acepción del concepto de anomia implicaba un desafío conceptual: la inaplicabilidad o inadecuación de la norma no se explicaba por la ignorancia o la falta de legitimidad ciudadana, sino por una generalizada y compleja falta de voluntad política para aplicarla, lo cual abría un mundo inimaginable de paradojas y problemas conceptuales: si el Estado es el que produce la anomia, ¿Cómo se reproduce el orden en la vida cotidiana?

El tercer uso del concepto lo desarrollé cuando empecé a aplicar el concepto de Estado Anómico a la realidad de Guatemala: encontré que los fallos calculados en la aplicación y cumplimiento de las normas se debía a la forma en que se sancionaban las mismas: llenas de palabras y redacción ambigua, con vacíos reglamentarios y contradicciones entre diferentes cuerpos legales, por lo que paradójicamente, la anomia tenía una relación directa con las leyes sancionadas. A esa contradicción legal-normativa le llamamos “anomia regulada”.

Recordé el concepto justo por los acontecimientos más recientes en la política nacional: en primer lugar, el proceso plagado de contradicciones en la que finalmente se elaboró la lista de seis candidatos que le fue proporcionada al presidente Giammattei, aspecto al que ya me he referido anteriormente. El segundo caso relevante es el proceso de elección del rector de la USAC, en la cual existe una batalla legal, debido a la decisión aparentemente arbitraria del actual Consejo Superior Universitario, de desconocer algunos cuerpos electorales por razones técnicas y administrativas, lo cual genera la sospecha de que será utilizado como excusa para elegir a un rector afín a los intereses dominantes.

La utilidad de la aplicación del concepto de Anomia al análisis de la realidad es múltiple: explica de forma coherente esos fallos calculados que cotidianamente encontramos en la forma en que actúan las instituciones y autoridades públicas, por lo que en la práctica, pese a que muchas cosas están prohibidas o permitidas por ley, en la práctica, todo lo prohibido es permitido, y todo lo permitido es negado, dependiendo del interés de quien está en el poder.