Elecciones y Magnitsky

Juan Francisco Sandoval
Juan Francisco Sandoval

El Código Federal de los Estados Unidos 22 sección 2656 y Decreto Ejecutivo 13818 otorga al Presidente de EE.UU. el poder de bloquear o revocar visados además de sancionar financieramente, bloquear bienes o intereses a los bienes de las personas o entidades extranjeras que resultan «responsables o cómplices de determinadas violaciones de los derechos humanos o actos de corrupción, directa o indirectamente, en cualquier parte del mundo».

Esta disposición ha sido aplicada a políticos guatemaltecos involucrados en corrupción, como son los casos de los diputados Felipe Alejos Lorenzana, Allan Estuardo Rodríguez Reyes y Jorge Estuardo Vargas Morales. También hay sancionados señalados por graves violaciones a derechos humanos, como ocurrió al exdiputado Julio Antonio Juárez Ramírez.

En el caso del diputado Felipe Alejos Lorenzana, su sanción fue anunciada el 26 de abril de 2021, según las autoridades de Estados Unidos, por haber coordinado con el exsecretario presidencial Gustavo Alejos, pagos a diputados del Congreso, para influir y asegurar la elección de jueces y magistrados quienes, una vez colocados en sus puestos, iban a garantizar impunidad a los políticos.

Esos hechos fueron investigados en Guatemala en el caso conocido como “Comisiones Paralelas 2020”, cuya investigación fue obstruida por la Fiscal Feneral, Consuelo Porras.

Además, Felipe Alejos está involucrado en el caso conocido como “Traficantes de Influencias”, donde se estableció que el coimputado Geovanni Marroquín Navas en complicidad con funcionarios de la SAT –Álvaro Omar Franco Chacón, Carlos Enrique Muñoz Roldán, Alfonzo Romeo Castillo Castro, Ariel de Jesús Guerra Castillo– ofrecían servicios para agilizar la devolución del crédito fiscal a determinadas empresas a cambio de comisiones de incluso el 11.5% del valor pagado por el Banco de Guatemala. Mientras que Alfredo Muñoz Ledo Carrillo, Mario Roberto Leal Castillo y Felipe Alejos Lorenzana, captaban los clientes y por ende eran beneficiarios de las comisiones ilícitas.

De este segundo caso, Alejos fue protegido por la Corte Suprema de Justicia.

La particularidad de la figura de Alejos Lorenzana, es que ha sido sancionado en forma múltiple, ya que fue incluido en la Lista Engel, el 1 de julio de 2021.

En el caso del diputado Allan Estuardo Rodríguez Reyes, fue sancionado bajo la Ley Magnitsky, según el anuncio publicado el 9 de diciembre del año anterior.

Según la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, Rodríguez utilizó su influencia política para subvencionar a la construcción a cambio de sobornos financieros, así como por ofrecer sobornos a cambio de votos para un proyecto de ley en el Congreso.

En la misma fecha que fue anunciada la sanción de Allan Rodríguez, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, designó a Jorge Estuardo Vargas Morales y cuatro familiares directos, por corrupción significativa relacionada con contratos y operaciones en puertos gestionados por el Gobierno.

Recordemos que es uno de los congresistas que ha apoyado a la alianza oficialista, visitante frecuente del “sanatorio” de la zona 2 de la Ciudad de Guatemala, que fue la génesis de la investigación conocida como “Comisiones Paralelas 2020” y cuyo proceso se encuentra ahora truncado.

Por otra parte, el 20 de diciembre de 2017, Julio Antonio Juárez Ramírez, fue incluido en la lista de actores violadores de derechos humanos, pues fue acusado de ordenar el asesinato de dos periodistas y otro más que quedó herido en el ataque.

De acuerdo con la investigación, Juárez contrató sicarios para matar al corresponsal de Prensa Libre, Danilo Efraín Zapón López, cuyos reportes perjudicaban el plan de Juárez de postularse para la reelección.

Contrario a lo señalado por las autoridades de Estados Unidos, la desidia de la fiscalía guatemalteca, que no presentó todos los elementos probatorios en el debate contra Juárez Ramírez, permitió su absolución. Un caso más que Consuelo Porras hizo transitar por la senda de la impunidad.

Los cuatro personajes enlistados figuran hoy como candidatos a diputaciones o alcaldías, las autoridades electorales no hicieron ningún reparo sobre sus candidaturas, aplicaron una miopía deliberada, contravinieron preceptos constitucionales pero que más allá de ello, vulnera el derecho humano de elegir, y se constituye en un elemento más que visualiza que la nuestra es una democracia de papel.